República Dominicana, Santo Domingo.– Matías Avelino Castro y/o Joaquín Espinal Almeyda, condenado a veinte años por su implicación en la pérdida del periodista José Agustín Silvestre (Gajo) en 2011, obtuvo en julio un permiso laboral que le permite salir de lunes a viernes de su centro penitenciario y retornar los fines de semana.
La disposición fue emitida por el Tribunal de Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, presidido por la jueza Haydeliza Ramírez Henríquez, quien acogió la solicitud presentada por Castro y su garante, Ramón Antonio Guzmán Saviñón. Este último se comprometió a emplearlo como vendedor de seguros de vehículos, con un salario establecido en 30 pesos mensuales.

Silvestre era un comunicador conocido en La Romana por emitir opiniones críticas sobre temas relacionados con el narcotráfico, tanto en un canal de televisión local como en una revista de su autoría. El condenado fue hallado responsable de ser el autor intelectual del secuestro y posterior pérdida del periodista, caso por el cual fue sentenciado en 2018.
Un año antes había sido extraditado desde Colombia, donde las autoridades lo habían detenido. Por este mismo hecho también fueron condenados a 30 años de prisión Elvin Canario de Oleo y Ángel Amed Mañón Gutiérrez, este último chofer de Avelino, además de ser obligados al pago de una indemnización de ocho millones de pesos.
El permiso laboral otorgado a Castro tiene una duración inicial de un año y forma parte del periodo de prueba establecido por la Ley 113-21 del sistema penitenciario. Según dicha normativa, este beneficio puede concederse a internos que hayan cumplido al menos una cuarta parte de su condena y que presenten una conducta favorable.

El tribunal sustentó su decisión en un informe emitido por la Junta de Tratamiento del penal, que recomendó la concesión del beneficio. En el documento judicial se indica que “el condenado ha demostrado hábitos de trabajo y estudio”, citando una certificación de fecha 12 de marzo de 2025 que califica su conducta como “muy buena”.
La resolución también alude a disposiciones internacionales, como el artículo 10, numeral 3, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el artículo 5 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, los cuales establecen que el régimen penitenciario debe orientarse hacia la readaptación social de las personas condenadas.
Castro manifestó que se considera “preparado para reintegrarse a la sociedad” y que durante su reclusión ha realizado varios cursos del Infotep sobre habilidades para la vida y agricultura. Indicó, además, que en ocho años solo había recibido autorización en dos ocasiones para visitar su residencia, dentro del mismo periodo de prueba.
El permiso impone condiciones estrictas: el beneficiado deberá residir en Santo Domingo Este, abstenerse del consumo de bebidas alcohólicas, dr0gas o sustancias controladas, y no portar elementos de fuego. También estará bajo la vigilancia de su garante, Ramón Antonio Guzmán Saviñón. En caso de incumplimiento, el beneficio será revocado de inmediato por las autoridades competentes.
