Diario al Día | Santo Domingo, República Dominicana — Una condena judicial contra las empresas Telemicro, Aster y Viva, vinculadas al empresario Juan Ramón Gómez Díaz, fue ratificada este mes por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de Santo Domingo.

El tribunal rechazó el recurso de apelación presentado por las tres empresas contra la sentencia original, que las obliga a pagar USD$30,060,145.08 y RD$11,344,441.94 por arrendamientos pendientes de pago.

La resolución quedó plasmada en la sentencia núm. 1500-2026-SSEN-00249, emitida el 6 de julio de 2026, confirmando así el fallo dictado en primera instancia dos años antes.

Esa decisión previa, identificada como sentencia núm. 1289-2024-SSENT-00187, había sido emitida por la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo.

Con esta condena judicial firme, las sociedades Phoenix Tower Dominicana, S.A.S. (PTD) y Teletorres del Caribe resultaron favorecidas en su demanda en cobro de pesos y validez de embargo retentivo.

La corte también dispuso que Telemicro, Aster y Viva asuman el pago de las costas del procedimiento judicial derivadas de todo el proceso legal.

Esas costas fueron ordenadas a favor de los abogados José Alfredo Rizek Vidal, Manuel Alejandro Herrera García y Luis Guillermo Fernández Budajir, quienes indicaron haber avanzado la totalidad de esos gastos.

El tribunal que conoció el recurso estuvo integrado por los magistrados Jorge U. Reyes Jáquez, en funciones de presidente de sala, Katia Gómez Germán y Evelyn Valdez Martínez.

La sentencia fue firmada digitalmente junto al secretario Joel Guzmán Herrera, quien certificó el proceso administrativo correspondiente a esta condena judicial de gran magnitud económica.

Además de las facturas vencidas y validadas, la decisión establece que Telemicro deberá pagar un interés mensual de 1.5 % sobre las sumas adeudadas.

Ese porcentaje es considerado interés judicial indemnizatorio, calculado desde la fecha de la demanda hasta la ejecución definitiva de la sentencia, según explicó la corte.

El embargo retentivo, validado primero por la Quinta Sala y luego ratificado en apelación, comprende los mismos montos reclamados por Phoenix Tower Dominicana y Teletorres del Caribe.

La decisión mantiene vigente el embargo sobre fondos depositados en Banco BHD, Banreservas, Scotiabank, Banco Popular Dominicano, Banco Caribe y Banco Vimenca.

También incluye cuentas en Banco BDI, Banco López de Haro, Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, Banco Santa Cruz y el Banco Central de la República Dominicana.

Se suman además Banesco, Banco Promérica, Claro Dominicana, Altice Dominicana, Onemax Dominicana y Wind Telecom, según lo establecido en la sentencia judicial.

Con esta ratificación, el litigio entre las partes queda cerrado en instancias de apelación, aunque resta observar los pasos que tomarán las empresas condenadas. ¿Recurrirán ante una instancia superior?

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