El Tribunal Constitucional (TC) le puso punto final a un pleito legal que llevaba casi 10 años en los tribunales. Dos nietos del dictador Rafael Leónidas Trujillo pedían que el Estado les devolviera un dinero que su abuelo había depositado en el Banco de Reservas décadas atrás. El TC dijo que no.

¿Qué pasó exactamente?

Rafael José Ramón Trujillo Lovatón y Yolanda Altagracia Trujillo Lovatón son nietos de Trujillo. Ellos querían que les devolvieran una suma de dinero que, según ellos, le pertenecía a su mamá, Lina Altagracia Lovatón Pittaluga.

El Tribunal Constitucional decidió no entrar a revisar el caso. Es decir, ni siquiera lo analizó a fondo, porque consideró que no cumplía con un requisito clave: no tenía «especial trascendencia constitucional». En palabras simples, el TC entendió que el caso no representaba un asunto lo suficientemente importante para la interpretación de la Constitución como para que ellos tuvieran que meterse a revisarlo.

La decisión quedó registrada en la Sentencia TC/0737/26 y fue aprobada el 9 de junio de 2026.

Dictador dominicano Rafael Leónidas Trujillo Molina
Dictador dominicano Rafael Leónidas Trujillo Molina

¿De dónde viene este dinero?

Todo comenzó en 1950. Ese año, Trujillo abrió una cuenta en el Banco de Reservas con una condición especial: ese dinero pasaría a ser de Lina Altagracia Lovatón Pittaluga solo si él moría.

Trujillo fue asesinado el 30 de mayo de 1961. Según los nietos, en ese momento el dinero automáticamente pasó a ser de su mamá, antes de que el Estado dominicano aprobara, en enero de 1962, una ley que confiscó todos los bienes de Trujillo y su familia.

Con ese argumento, la familia decía que el Estado se había quedado con un dinero que ya no era del dictador, sino de otra persona, y que eso violaba su derecho de propiedad.

¿Por qué perdieron el caso?

Este no es un caso nuevo. Llevaba años caminando por diferentes tribunales:

nietos de trujillo
nietos de trujillo
  • En 2016, un juzgado de primera instancia rechazó la demanda porque ya había pasado demasiado tiempo para reclamar (lo que se llama «prescripción»).
  • Hubo apelaciones y hasta un recurso de casación que devolvió el caso a otro tribunal.
  • En 2022, la Corte de Apelación del Distrito Nacional volvió a rechazar la demanda. La razón: determinaron que ese dinero ya había sido retirado del banco antes de que Trujillo muriera, así que nunca llegó a ser de la mamá de los reclamantes.

Ahora, con la decisión del TC, ese resultado queda firme. La puerta legal se cierra.

¿Qué significa esto en la práctica?

El Tribunal aclaró algo importante: no volvió a analizar si el dinero le pertenecía o no a la familia. Solo determinó que el recurso presentado no cumplía los requisitos para que ellos lo revisaran. Es decir, el caso se cae por un tema de forma, no porque el TC haya vuelto a decidir sobre el fondo del asunto.

Un dato curioso: uno de los jueces del TC, Napoleón R. Estévez Lavandier, no participó en esta votación porque él mismo había firmado la sentencia de la Suprema Corte de Justicia cuando trabajaba allí, antes de ser juez del Tribunal Constitucional. Tampoco participaron los magistrados Fidias Federico Aristy Payano y Sonia Díaz Inoa, por razones previstas en la ley.

Finalmente, el TC decidió que el proceso quede «libre de costas», lo que significa que no se le cobrarán gastos judiciales adicionales a la familia por este recurso.

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